Anuncian nuevos precios mínimos del trigo

Los nuevos valores tienen vigencia hasta 2024 y servirán de referencia en operaciones vinculadas a la Política de Precio Mínimo de Garantía (PGPM)

02.05.2023 | 16:28 (UTC -3)
conab

La actualización de los precios mínimos calculados por la Empresa Nacional de Abastecimiento (Conab) para el trigo fue publicada este martes (02/05), en el Diario Oficial de la Unión (DOU). Los nuevos valores tienen vigencia hasta 2024 y servirán de referencia en operaciones vinculadas a la Política de Precio Mínimo de Garantía (PGPM), que tiene como objetivo garantizar una remuneración mínima a los productores rurales y también en acciones vinculadas a otras políticas agrarias, incluida una Referencia para crédito rural.

Para la actualización, la Compañía sugirió como base de la metodología de cálculo para la formación del precio mínimo del trigo Pan Tipo 1 Clase PH 78, la adopción de costos promedio variables ponderados por el área plantada como principal factor de corrección. Sobre este valor propuesto se aplican primas o descuentos para otras clases y tipos, teniendo en cuenta factores como el comportamiento de los agentes productivos y de los consumidores y los intereses de la política agrícola del gobierno brasileño para el sector. Los valores publicados en el DOU para el trigo Clase Pan Tipo 1 PH 78 fueron: R$ 87,77 por saco de 60 kg (Región Sur); R$ 90,45 por saco/60kg (Región Sudeste) y R$ 94,96 por saco/60kg para la Región Centro-Oeste y Bahía.

La recuperación de los costos de producción asegura la continuidad de la actividad para el productor, además de estimular e incentivar la siembra en regiones distintas al sur del país, como cuestión estratégica para ampliar la producción de trigo en Brasil y reducir la dependencia de las importaciones del producto. .

Políticas públicas

Los precios mínimos son fijados por el Consejo Monetario Nacional (CMN), de acuerdo con la propuesta enviada por la Conab al Ministerio de Desarrollo Agrario y Agricultura Familiar (MDA). La Empresa es responsable de elaborar propuestas relacionadas con los productos de la agenda del PGPM y de la Política de Precio Mínimo de Garantía de Productos de Sociobiodiversidad (PGPM-Bio). Según el artículo 5 del Decreto-Ley N° 79/1966, las propuestas de precios mínimos deben considerar los diversos factores que influyen en los precios en los mercados interno y externo, y en los costos de producción.

Los precios mínimos se definen antes del inicio de la siguiente cosecha y sirven para orientar al productor en la decisión de siembra, además de señalar el compromiso del Gobierno Federal de comprar o subsidiar productos agrícolas, si sus precios de mercado están por debajo de los precios mínimos establecidos.

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