Proyecto de ley limita ejecución extrajudicial contra productores rurales.

La propuesta prioriza las garantías agrarias, restringe la recuperación de bienes en casos de daños relacionados con el clima y prevé la mediación antes del cobro.

21.02.2026 | 09:50 (UTC -3)
Revista Cultivar, basada en información de Tiago Miranda
Any Ortiz - Foto: Kayo Magalhães, Cámara de Diputados
Any Ortiz - Foto: Kayo Magalhães, Cámara de Diputados

El Proyecto de Ley 5686/25 busca crear normas para proteger a los productores rurales en la ejecución extrajudicial de contratos de crédito rural. La propuesta prioriza las garantías agrícolas y restringe la recuperación de la propiedad productiva. El texto se encuentra actualmente en trámite en la Cámara de Diputados.

La autora, la diputada Any Ortiz (Cidadania-RS), explica que la intención es preservar la función social de la propiedad y asegurar la continuidad de la actividad rural. El proyecto de ley estipula que la ejecución extrajudicial de la garantía solo se producirá cuando así lo disponga la legislación especial para la modalidad adoptada.

En la ejecución del crédito rural, el texto prioriza las garantías agrícolas y el Certificado de Producto Rural (CPR). El CPR permite al productor entregar productos agrícolas o pagar en efectivo en el futuro. El proyecto garantiza la posesión de la propiedad del productor durante la ejecución vinculada a estas garantías.

Antes de la ejecución hipotecaria de una propiedad rural, el fiador puede someter el caso a mediación o arbitraje. Esta medida busca un acuerdo entre las partes. El texto prohíbe la venta, gravamen o transferencia de la propiedad durante la negociación, mediación o arbitraje, salvo con el consentimiento expreso del productor.

La propuesta garantiza el derecho a revisar el contrato en caso de montos o cargos considerados abusivos o desproporcionados. El productor podrá pagar a plazos o renegociar la deuda, dentro de los límites legales y respetando la función social de la propiedad.

En casos de pérdidas relacionadas con el clima, el proyecto de ley prohíbe la ejecución extrajudicial de hipotecas para productores y cooperativas que acrediten pérdidas en dos o más cosechas consecutivas. Esta norma se aplica cuando se declara un estado de calamidad pública o emergencia debido a sequía, inundaciones, granizo, heladas o fuertes vientos. En estas situaciones, el agente debe promover la mediación, la renegociación, la recuperación productiva o la reestructuración crediticia, de acuerdo con las normas del Consejo Monetario Nacional y el Banco Central.

Any Ortiz afirmó que los fenómenos meteorológicos extremos impactan los ingresos rurales y aumentan el endeudamiento, especialmente en Rio Grande do Sul. Según la congresista, la propuesta busca equilibrar el derecho al crédito con los principios constitucionales y prevenir la pérdida inmediata de propiedades productivas en un escenario de calamidad. "La combinación de estas crisis ha puesto en peligro la función social de la propiedad productiva y la seguridad alimentaria regional y nacional", afirmó.

El texto deroga artículos del Código Civil, el Decreto-Ley 911/69 y el Marco Jurídico de las Garantías. La propuesta elimina las disposiciones sobre la ejecución extrajudicial de préstamos hipotecarios y reorganiza las normas sobre garantías. También excluye las autorizaciones para el registro y la incautación extrajudicial, la venta de bienes sin entrega voluntaria y el cobro judicial de saldos remanentes tras intentos extrajudiciales.

El asunto pasará, de forma definitiva, a las comisiones de Agricultura, Ganadería, Abastecimiento y Desarrollo Rural; Hacienda y Tributación; y Constitución, Justicia y Ciudadanía. Para convertirse en ley, el texto necesita la aprobación tanto de la Cámara de Diputados como del Senado.

Compartir

Newsletter Cultivar

Reciba las últimas noticias sobre agricultura en su correo electrónico

acceder al grupo de whatsapp
Antecedentes del boletín

Newsletter Cultivar

Reciba las últimas noticias sobre agricultura en su correo electrónico