Los socios de las cooperativas rurales ahora tienen garantizada una seguridad especial

Nueva legislación amplía seguridad social para trabajadores rurales vinculados a cooperativas de producción

09.01.2025 | 15:16 (UTC -3)
Cámara Agencia de Noticias

Está vigente una legislación que extiende el estatus de asegurado especial a los socios de cooperativas vinculadas a actividades rurales. Según la Ley 15.072/24, publicada en el Diario Oficial de la Unión el 27 de diciembre, el trabajo rural puede realizarse de forma individual o en régimen de economía familiar, y la afiliación a la cooperativa no quita la condición de asegurado especial, que es concedido al trabajador que desarrolla su actividad principalmente en el campo.

Sancionada el 26 de diciembre por el Presidente Luiz Inácio Lula da Silva, la ley tuvo su origen en el PL 1754/24, sustituto de la Cámara del PL 580/07, del Senado Federal.

Fue vetado un apartado de la norma que permitía la asociación o el ejercicio de actividad remunerada en cualquier tipo de cooperativa. Según el mensaje de veto del Poder Ejecutivo, la medida subvertiría la figura del asegurado especial, “tal como lo establece la legislación de seguridad social, con un potencial aumento del gasto público corriente en prestaciones de seguridad social”.

Con la nueva ley, los miembros de la administración, del consejo de vigilancia y de otros órganos de las cooperativas, de todo tipo, también tendrán la consideración de asegurados especiales.

Otra fuente de ingresos

No estarán incluidos en el régimen especial de seguridad los miembros de un grupo familiar que tengan otra fuente de ingresos, así como los miembros de cooperativas de trabajo. Estas organizaciones están formadas por profesionales con un interés común y sus miembros trabajan de forma autónoma. Uno de los objetivos del modelo es mejorar la remuneración y las condiciones laborales de sus afiliados.

Según la nueva legislación, las cooperativas deben operar vinculadas a actividades rurales y categorías cubiertas por el régimen especial de seguro. Este es el caso de las cooperativas de productores rurales, caucheros, extractores de hortalizas, pescadores artesanales y sus familias que desarrollan actividades bajo un régimen de economía familiar.

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