DITR 2026: el plazo de presentación comienza el 10 de agosto.

La declaración del impuesto sobre terrenos rurales debe presentarse antes del 30 de septiembre.

09.07.2026 | 15:51 (UTC -3)
IRS

Las normas para la presentación de la Declaración del Impuesto sobre Tierras Rurales (DITR) de 2026 fueron publicadas por el Servicio de Impuestos Federales en la Instrucción Normativa RFB No. 2.330, del 22 de junio de 2026. El plazo para presentar la declaración comienza el 10 de agosto y finaliza a las 23:59:59 del 30 de septiembre, hora de Brasilia.

La Declaración de Impuestos sobre Tierras Rurales (DITR, por sus siglas en inglés) es obligatoria para las personas físicas y jurídicas que poseen, tienen la titularidad efectiva o son propietarias de bienes rurales, salvo en los casos de inmunidad o exención previstos por la ley.

Cómo presentar

Para el año fiscal 2026, la Declaración del Impuesto sobre la Propiedad Rural (DITR, por sus siglas en inglés) se puede completar y presentar a través del servicio digital "Mis Declaraciones ITR", disponible en la sección de Bienes Raíces del Portal de Servicios del Servicio Federal de Impuestos (FIS). Esta herramienta permite presentar la declaración en línea, sin necesidad de instalar ningún software, y se puede acceder a ella desde una computadora o un teléfono móvil.

Entre las características del servicio se incluyen la recuperación automática de datos de registro, la agrupación de declaraciones para propiedades rurales pertenecientes al mismo contribuyente y la cumplimentación de declaraciones de diferentes ejercicios fiscales en un único entorno.

El acceso al servicio se realiza mediante autenticación con una cuenta gov.br, en los niveles Plata u Oro. Para personas con propiedades rurales de hasta 100 hectáreas, la declaración también puede prepararse mediante el Programa ITR 2026. En este caso, la transmisión puede realizarse a través del propio programa o mediante Receitanet.

Entrega tardía, corrección y pago.

La presentación tardía de la declaración de impuestos conlleva una multa del 1% por mes calendario o fracción de mes de retraso, calculada sobre el total de impuestos adeudados, con un valor mínimo de R$ 50.

Si el contribuyente detecta un error, omisión o inexactitud después de presentar su declaración, puede presentar una declaración rectificativa, siempre que lo haga antes del inicio del procedimiento de evaluación oficial. La declaración rectificativa sustituye por completo a la declaración original.

El impuesto adeudado puede pagarse en hasta cuatro cuotas mensuales iguales y consecutivas, siempre que ninguna sea inferior a R$ 50. Los impuestos inferiores a R$ 100 deben pagarse en una sola cuota. La primera cuota vence el 30 de septiembre de 2026.

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