Los Verdes cuestionan las exenciones fiscales para los pesticidas

Acuerdo 100/97 prevé reducción del 60% en la base de cálculo del ICMS para plaguicidas en operaciones interestatales

02.12.2024 | 16:10 (UTC -3)
Revista Cultivar
Foto: Gustavo Moreno
Foto: Gustavo Moreno

El Partido Verde (PV) interpuso la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 7755 ante el Supremo Tribunal Federal (STF). El objetivo es declarar inconstitucionales disposiciones del Acuerdo 100/97 del Consejo Nacional de Política Financiera (Confaz) y parte de la Enmienda Constitucional 132/2023. Estos textos garantizan beneficios fiscales para los insumos agrícolas.

El Acuerdo 100/97 prevé una reducción del 60% en la base de cálculo del ICMS para plaguicidas en operaciones interestatales (cláusula primera). A su vez, la cláusula tercera permite a los estados otorgar exención total o parcial en operaciones internas con estos productos.

Según el PV, el CE 132/2023 reforzaría estos beneficios, ampliando el alcance de los incentivos fiscales para los insumos agrícolas (art. 9, §1, inciso XI).

Según el PV, los dispositivos cuestionados violan:

  • el derecho a un medio ambiente ecológicamente equilibrado (artículo 225 de la Constitución Federal);
  • el derecho a la salud (artículo 196 de la Constitución Federal);
  • el principio de selectividad fiscal, mediante la concesión de incentivos a productos considerados nocivos.

Además, la petición menciona la incompatibilidad de los incentivos con las políticas públicas orientadas a la sostenibilidad y la seguridad alimentaria. Los beneficios fiscales, según el partido, priorizan los productos orientados a la exportación, como la soja y el maíz, en detrimento de cultivos esenciales para la nutrición de la población brasileña.

Otro punto destacado es el impacto fiscal. Las estimaciones presentadas por el partido indican que la pérdida de ingresos debida a los incentivos a los pesticidas alcanzó los 12,9 mil millones de reales en 2021. Este monto superaría los presupuestos de organismos como Anvisa e Ibama.

El relator de la acción es el ministro Edson Fachin, quien determinó: "[...] Aplico el rito del artículo 12 de la Ley 9.868, de 1999. Se solicita información a la Presidencia de la República, a la Cámara de Diputados y al Senado Federal. en un plazo común de diez días, luego se recabará el dictamen del Procurador General de la Unión y del Procurador General de la República, sucesivamente, en el plazo de cinco días".

La petición inicial de ADI 7755 se puede leer en el siguiente enlace

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