Control del arroz rojo
El uso integrado de herramientas de gestión, que no favorezca el uso aislado de una única tecnología, es la forma de prevenir y minimizar pérdidas
Proyecto de Ley N° 658/2021 (“PL N° 658/2021”), del diputado Zé Vitor (PL-MG), que prevé la clasificación, tratamiento y producción de bioinsumos mediante manejo biológico en finca y ratifica el El Programa Nacional de Bioinsumos, establecido por el Decreto No. 10.375/2020, puede beneficiar a la agroindustria brasileña, proporcionando no solo una mayor productividad en el sector, sino también contribuyendo a una agricultura más sostenible.
La propuesta tiene como objetivo regular la actividad de producción de bioinsumos: un producto, proceso o tecnología de origen vegetal, animal o microbiano, destinado a su uso en la producción, almacenamiento y procesamiento de productos agrícolas, en sistemas de producción acuáticos o bosques plantados, que interfieren positivamente con el crecimiento, desarrollo y mecanismo de respuesta de animales, plantas, microorganismos y sustancias derivadas y que interactúan con productos y procesos físico-químicos y biológicos - que actualmente carece de legislación específica sobre la materia.
Entre las disposiciones establecidas en la PL nº 658/2021, podemos destacar que los términos de esta ley se aplican a todos los sistemas de cultivo, incluidos los convencionales y orgánicos, abarcando la producción destinada exclusivamente al consumo propio. Otro punto es que los bioinsumos se dividen por clase de riesgo biológico (de 1 a 4).
Con el PL, las actividades incluidas en el manejo biológico en finca se clasifican como nivel de riesgo 1 (bajo riesgo individual y comunitario), dependiendo de la instalación de biofábricas y deben realizarse dentro del establecimiento rural. El desarrollo de las actividades de manejo biológico en finca dependerá del seguimiento de un profesional calificado como responsable técnico, a fin de asegurar que todo el proceso cumpla con los requisitos técnicos y legales necesarios.
Otro punto que llama nuestra atención en el texto de la PL es que la instalación y operación de biofábricas en predios rurales está exenta de licencia ambiental, siempre y cuando el predio donde se ubique el emprendimiento se encuentre regularizado o en proceso de regularización, de conformidad con la Ley No. 12.651/2021, que trata sobre la protección de la vegetación nativa. Brasil tiene una rica biodiversidad que puede ser explorada, siempre que se respete el medio ambiente y la legislación aplicable.
Necesitamos incentivar la producción de bioinsumos con procedimientos técnicos y legales que tengan en cuenta los principios de razonabilidad y proporcionalidad, pero al mismo tiempo aseguren la adopción de buenas prácticas de gestión y producción. En este sentido, el PL establece que el manejo biológico en finca debe realizarse utilizando un aislado, linaje, cepa o cepa de agente de control microbiológico (“AMC”) obtenido directamente de un banco de germoplasma oficial o de otra fuente capaz de garantizar su identidad. y origen, en particular a partir de bioinsumos prefermentados.
En este proceso se permite la obtención directa de la naturaleza si el objetivo es realizar investigaciones, desarrollo y estudios de eficiencia agronómica. Los lotes producidos por los productores rurales deberán estar identificados en informes que contengan información sobre fecha de fabricación, cantidad producida, identificación, origen y cantidad de bioinsumos utilizados, como cepas o bioinsumos prefermentados.
Están exentos de cualquier notificación o registro los ingredientes activos y productos biofermentados producidos por productores rurales bajo el concepto de manejo biológico en finca. Las solicitudes de registro de productos y autorizaciones para la elaboración de productos regulados en esta ley, ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (“MAPA”), tendrán tramitación propia y prioritaria, teniendo especial prioridad las solicitudes solicitadas por familiares. agricultores.
El texto se encuentra actualmente a la espera de análisis por parte de la Comisión de Hacienda y Tributación, y posteriormente pasará a la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía, al Senado Federal y, finalmente, a la Presidencia de la República. Aún queda un largo camino por recorrer, pero no hay duda de que el tema cada vez gana más apoyo, haciendo cada vez más evidente la necesidad de un marco regulatorio.
por Meghy Sayuri Sugiura; Abogado ambiental senior en Martinelli Advogados
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