La no recaudación del impuesto sobre la renta sobre la compensación por líneas de transmisión en propiedades rurales

Por Fernando Antônio Melo de Carvalho, productor rural y abogado de Brasilia

04.01.2024 | 12:28 (UTC -3)

A pesar de ser un “país tropical, bendecido por Dios y hermoso por la naturaleza”, Brasil todavía tiene mucho por desarrollar, lo que requiere mayor atención a las infraestructuras.

Este puede ser considerado uno de los principales problemas que enfrentamos, el cual viene generando una expansión de nuestra generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, lo cual se hace visible a través de las redes construidas.

Considerando su tamaño continental y su vocación natural por el agronegocio, prácticamente todas las ciudades del país brasileño tienen grandes áreas rurales, lo que en consecuencia se traduce en el paso de estas líneas de transmisión a través de propiedades rurales en todo el país. 

Al tratarse de propiedades privadas, es necesario establecer una servidumbre administrativa para que los concesionarios del servicio de energía puedan construir la estructura de las torres de transmisión en los parques. 

La servidumbre administrativa es un tipo de intervención en la propiedad privada y, si bien no expropia el área, impone restricciones de uso al propietario.

En definitiva, y a los efectos de estos comentarios, se deberá pagar una compensación por su efectiva implementación. La compensación puede ocurrir al final de un proceso legal o por acuerdo entre las partes. 

Sin embargo, a pesar de ser una reconstitución de activos, la Hacienda Federal entiende que esta compensación debe estar gravada. 

Para los individuos específicamente, la comprensión de la Renta Federal de Brasil está publicada en “Preguntas y Respuestas”, la infame “Pregunta”, para la Declaración del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (DIRPF), así como en la Solución de Consulta COSIT nº 63/2015 ( “Si no existe una norma específica para otorgar la exención, las cantidades percibidas con motivo de la creación de servidumbre administrativa deberán tributar por el Impuesto a la Renta”). 

Asimismo, en un comunicado reciente, la Hacienda Federal también publicó la Solución de Consulta COSIT nº 274/2023, que indica que los valores de servidumbre que recibe una persona jurídica que opta por la ganancia presunta también deben ofrecer estos valores para la tributación. 

Sin embargo, no se puede negar que la compensación tiene el carácter de reconstitución del patrimonio, reducido por la intervención en la propiedad privada, no sólo por el uso de la zona, sino principalmente por limitaciones al uso y disfrute de la forma que el propietario crea conveniente. , con restricciones a su disfrute en la forma y modo que mejor convenga a su titular. 

En términos prácticos, esta restricción es aún más clara en el caso de las propiedades rurales, ya que existen una serie de restricciones cercanas a la línea de transmisión.

Un ejemplo claro: imaginemos una superficie que podría ser utilizada libremente por el propietario para fines forestales (cultivo de árboles, como el eucalipto). Con la institución de la servidumbre de línea de transmisión, el desarrollo de esta actividad ya no será posible. Incluso si ya hay árboles plantados en el lugar por donde pasará la línea, deben talarse. 

Otro ejemplo es la parcela destinada al cultivo de soja, en la que ya no será posible la siembra continua, lo que requerirá maniobras para evitar las torres, y el riego en las inmediaciones de la línea de transmisión es inviable.

Las situaciones presentadas no hacen más que confirmar que las indemnizaciones recibidas por este concepto no tienen capacidad de caracterizar un incremento patrimonial, sino sólo un carácter compensatorio por la limitación del uso de los bienes, por lo que no deben estar sujetos al impuesto sobre la renta.

En este sentido, se ha construido jurisprudencia, principalmente desde el Tribunal Regional Federal de la 1ª Región (que abarca los estados de AC, AM, AP, DF, GO, MA, MT, PA, RO, RR y TO) y el Tribunal Superior Corte de Justicia .

De esta forma, es posible que el propietario de una propiedad rústica que tenía instalada una línea de transmisión en su finca pueda solicitar al Poder Judicial que no esté obligado a pagar el impuesto sobre la renta por la compensación recibida, o, si ya pagó, solicitar el reembolso de estos valores, a fin de descartar la posición ilegal del Servicio de Impuestos Federales. 

*por Fernando Antonio Melo de Carvalho (en la foto), productor rural y abogado en Brasilia

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